⚠️El SAT puede multarte si realizas estas Actividades Vulnerables (y no lo sabes) | 2025
- Expertos en Nómina

- 29 oct
- 5 Min. de lectura
Introducción
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado su vigilancia sobre las llamadas Actividades Vulnerables, y si tu negocio realiza alguna de ellas sin cumplir con las obligaciones correspondientes, podrías enfrentarte a multas de hasta dos mil UMAS (más de $200,000 pesos).
A través de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) —conocida también como “Ley Antilavado”— el SAT busca prevenir el uso de dinero ilícito en actividades económicas legítimas.
Sin embargo, muchos empresarios, profesionistas y emprendedores ignoran que forman parte de este listado, y por lo tanto no están registrados ni cumplen con las obligaciones requeridas.
En este artículo te explicaremos:
Qué son las Actividades Vulnerables.
Cuáles son las actividades más comunes que realiza una PyME sin saberlo.
Qué obligaciones establece el SAT.
Cuáles son las sanciones por incumplimiento.
Y cómo protegerte con el acompañamiento contable adecuado.

Índice
¿Qué son las Actividades Vulnerables según el SAT?
¿Por qué el SAT intensificó la campaña en 2025?
Actividades que pueden convertir a tu empresa en “sujeto obligado”.
Obligaciones principales que debes cumplir ante el SAT.
Multas y consecuencias por incumplimiento.
Cómo saber si realizas Actividades Vulnerables.
Recomendaciones prácticas para empresarios y profesionistas.
Conclusión: prevenir siempre cuesta menos que pagar multas.
Invitación: protege tu empresa con los servicios contables de ICOPYME.
1. ¿Qué son las Actividades Vulnerables según el SAT?
Las Actividades Vulnerables son operaciones económicas que, por su naturaleza, pueden ser utilizadas para lavar dinero o financiar actividades ilícitas.
El SAT considera vulnerables aquellas actividades donde circula dinero en efectivo o recursos de procedencia difícil de verificar, y que podrían ser usados para ocultar ganancias ilegales.

La LFPIORPI establece que las personas físicas o morales que realicen estas actividades deben darse de alta ante el SAT como sujetos obligados, reportar operaciones relevantes y cumplir con medidas de identificación y registro de clientes.
2. ¿Por qué el SAT intensificó la campaña en 2025?
El 28 de octubre de 2025, la Secretaría de Hacienda y el SAT publicaron el Comunicado 54/2025, en el que anuncian la intensificación de la campaña de orientación sobre Actividades Vulnerables.
El objetivo principal es fortalecer la cultura de cumplimiento y prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita.Entre las acciones destacadas se encuentran:

La actualización del minisito especializado en Actividades Vulnerables.
La expansión del Programa Tríptico, mediante el cual se distribuyeron más de 1.9 millones de trípticos informativos.
El envío de materiales digitales como “¿Sabes si realizas una actividad vulnerable?” y “Preguntas frecuentes de la visita de verificación”.
Con esta campaña, el SAT busca que todos los contribuyentes identifiquen si sus operaciones entran en las categorías de la LFPIORPI, y eviten sanciones por incumplir obligaciones de registro, aviso o verificación.
3. Actividades que pueden convertir a tu empresa en “sujeto obligado”
De acuerdo con el SAT y la Ley Antilavado, las siguientes actividades son consideradas vulnerables:
Juegos con apuesta, concursos o sorteos.
Emisión o comercialización de tarjetas de servicios o prepago.
Emisión y comercialización de cheques de viajero.
Otorgamiento de mutuos, préstamos o garantías por sujetos no financieros.
Actividades de construcción o desarrollo inmobiliario.
Recepción de recursos para desarrollos inmobiliarios cuya finalidad sea la venta o renta.
Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas o relojes.
Subasta o venta de obras de arte.
Comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres.
Servicios de blindaje de autos o inmuebles.
Traslado o custodia de valores y dinero.
Servicios profesionales (por ejemplo, abogados o notarios que administren recursos de sus clientes).
Servicios de fe pública (notarios y corredores).
Recepción de donativos.
Servicios de comercio exterior (agentes o apoderados aduanales).
Derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.
Proveedores de activos virtuales (criptomonedas, wallets, etc.).
💡 Ejemplo:
Si tienes una empresa inmobiliaria, rentas locales comerciales, vendes autos, obras de arte o recibes pagos en efectivo por servicios profesionales, podrías estar obligado a registrarte como sujeto obligado ante el SAT.
4. Obligaciones principales que debes cumplir ante el SAT
Si tu negocio realiza alguna Actividad Vulnerable, tienes la obligación legal de:
Registrarte en el Portal del SAT - sección Prevención de Lavado de Dinero.
Identificar a tus clientes o usuarios y conservar copia de su identificación oficial.
Integrar expedientes completos de cada operación.
Presentar avisos mensuales sobre las operaciones realizadas.
Atender las visitas de verificación del SAT.
Brindar información oportuna cuando lo solicite la autoridad.
Además, debes mantener la documentación durante 5 años y asegurar que toda la información esté disponible para revisión inmediata.
5. Multas y consecuencias por incumplimiento
Si realizas Actividades Vulnerables y no cumples con las obligaciones señaladas, el SAT puede imponerte multas severas conforme a los artículos 53 y 54 de la LFPIORPI:
Por no permitir acceso o negar información a los verificadores:→ multa de 200 a 2,000 UMAS (más de $200,000 pesos).
Por no presentar avisos o hacerlo fuera de tiempo:→ multa de 10,000 a 65,000 pesos por cada aviso omitido.
Por no identificar correctamente al cliente:→ multa de 50,000 a 150,000 pesos.
Además, el SAT puede publicar tu nombre en el listado de incumplidos y, en casos graves, dar vista a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
6. Cómo saber si realizas Actividades Vulnerables
El SAT pone a disposición el Minisitio de Actividades Vulnerables, donde puedes:
Consultar las 17 categorías de actividades vulnerables.
Ver ejemplos de operaciones.
Descargar trípticos y materiales de orientación.
Acceder al Portal de Prevención de Lavado de Dinero para darte de alta.

También puedes revisar el documento “¿Sabes si realizas una Actividad Vulnerable?”, disponible gratuitamente en línea, que explica cada caso con lenguaje claro.
7. Recomendaciones prácticas para empresarios y profesionistas
Si eres dueño de negocio, contador independiente, abogado, agente inmobiliario o prestador de servicios, sigue estas recomendaciones:
✅ Revisa si tu actividad está listada en la LFPIORPI.
✅ No esperes a recibir una visita de verificación. Regularízate de inmediato.
✅ Identifica y documenta correctamente a todos tus clientes.
✅ Evita recibir pagos en efectivo en montos altos o sin respaldo contable.
✅ Asesórate con un despacho contable especializado en cumplimiento fiscal y prevención de lavado.
8. Conclusión: prevenir siempre cuesta menos que pagar multas
El SAT ha dejado claro que 2025 será un año de reforzamiento en la fiscalización.Ignorar si tu negocio realiza Actividades Vulnerables puede llevarte a sanciones, multas y revisiones que podrían haberse evitado con una correcta orientación contable.
Cumplir no solo evita sanciones: protege la reputación de tu empresa y fortalece la confianza de tus clientes.
9. 💼 Invitación: protege tu empresa con los Servicios Contables de ICOPYME
En ICOPYME Consultoría te ayudamos a:
✔ Identificar si tu negocio realiza una Actividad Vulnerable.
✔ Cumplir con tus obligaciones ante el SAT
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