🚫 Multa por solicitar Constancia de Situación Fiscal en 2026: cuando el emisor se pone terco y el SAT te cobra el capricho
- Contador Fiscal

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Introducción
Escena típica: el cliente pide factura y el negocio responde: “Ok… pero mándame tu Constancia de Situación Fiscal (CSF) porque si no, no te facturo.”
Y ahí empieza el pleito innecesario. Porque en 2026, condicionar la emisión del CFDI a que el cliente entregue la CSF sí te puede meter en broncas: multa de $21,420 a $122,440 y si hay reincidencia, clausura preventiva de 3 a 15 días.
Ojo: el problema no es “que exista la constancia”; el problema es usarla como candado para facturar.

Índice
Qué está prohibido en 2026 (y qué sí se vale)
Multa por solicitar constancia de situación fiscal en 2026
Qué datos sí se necesitan para facturar (CFDI 4.0)
Por qué el emisor se aferra a pedir la CSF (y cómo resolverlo)
Buenas prácticas para facturar sin exigir constancia
Guiones listos para mostrador/WhatsApp
Conclusión
1) Qué está prohibido en 2026 (y qué sí se vale)
El SAT señala como práctica fiscal indebida condicionar la expedición del CFDI a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o la Constancia de Situación Fiscal. Además, en su guía/minisitio de facturación indica que el cliente solo debe proporcionar RFC, nombre/razón social, régimen fiscal, código postal y uso del CFDI, y que no deben exigirse datos adicionales.
Código Fiscal de la Federación: la infracción está tipificada
CFF, artículo 83, fracción IX: considera infracción condicionar la expedición del CFDI a la exhibición de la CSF/cédula fiscal.
Lo que NO debes hacer (lo que te mete en riesgo)
Negarte a facturar si el cliente no te entrega CSF.
Decir o implicar: “Sin constancia no sale la factura.”
Eso es condicionar la emisión del CFDI, y es justo lo que el CFF sanciona.
Lo que SÍ se vale
Pedir los datos fiscales necesarios y emitir con eso.
Si el cliente quiere mandarte su CSF por comodidad, la puedes usar solo como referencia para capturar datos… pero sin convertirla en requisito.

2) Multa por solicitar constancia de situación fiscal en 2026
Cuando el negocio condiciona la emisión del CFDI a que le den la CSF (o cédula fiscal), la sanción puede ser:
La sanción: multa y clausura por reincidencia
CFF, artículo 84, fracción VI: para esa infracción (83 fr. IX) establece multa de $21,420 a $122,440 cuando sea la primera vez y, en caso de reincidencia, clausura preventiva de 3 a 15 días.
Sí: no estamos hablando de “una llamadita”, estamos hablando de lana y de cierre.
3) Qué datos sí se necesitan para facturar (CFDI 4.0)
Para emitir un CFDI 4.0, lo correcto es pedir datos, no papeles. Los datos típicos que se solicitan son:
RFC
Nombre o razón social
Código postal del domicilio fiscal
Régimen fiscal
Uso del CFDI
Con eso puedes facturar. Punto.
4) Por qué el emisor se aferra a pedir la CSF (y cómo resolverlo)
Aquí está la raíz del problema: el emisor la pide por estas razones (muy comunes):
A) “Es que luego sale mal y me reclaman”
Solución: que el cliente confirme sus datos por escrito (WhatsApp o formato). No necesitas CSF para eso.
B) “Mi sistema me lo pide”
Solución: el sistema no manda. Si tu proceso obliga a exigir CSF, estás diseñando un riesgo. Ajusta campos y captura a datos obligatorios del CFDI.
C) “Así nos enseñaron”
Solución: actualizar el proceso. Pedir CSF como requisito fue una mala costumbre que se expandió, pero en 2026 trae consecuencias.
5) Buenas prácticas para facturar sin exigir constancia
Esto es lo que recomiendo para cualquier negocio (desde consultorio hasta ferretería):
Formato único de datos fiscales. Puede ser QR, Google Form o plantilla WhatsApp con los 5 datos.
Mensaje estándar para tu equipo.Que todos digan lo mismo y no se inventen reglas.
Confirmación del cliente. Una frase sencilla que te protege:
“Confirmo que mis datos fiscales son correctos para la emisión del CFDI.”
Si el cliente quiere mandar CSF, perfecto… pero opcional. La clave es que quede claro que no es requisito.

Conclusión
En 2026, la multa por solicitar constancia de situación fiscal no se trata de “pedir información”, sino de condicionar la factura a un documento que no es requisito. La forma correcta de operar es simple: pide datos, confirma por escrito y emite. Así te evitas pleitos, quejas y riesgos con el SAT.
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