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Nuevas Facilidades RESICO en 2024: Cambios y Beneficios para Contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza

Nuevas Facilidades RESICO

Introducción: 


El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) sigue siendo una opción atractiva para pequeños contribuyentes en México, facilitando el cumplimiento de obligaciones fiscales para personas físicas y algunos sectores clave. Este 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado nuevas facilidades para RESICO, simplificando los trámites y brindando oportunidades adicionales a quienes deseen regresar al régimen. En este artículo, te explicaremos a fondo los cambios al RESICO y cómo puedes aprovecharlos para optimizar tus declaraciones y pagos de impuestos.




 

Índice:


¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal implementado por el SAT para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales de pequeñas empresas y personas físicas en México. RESICO es especialmente adecuado para quienes tienen ingresos menores a ciertos límites establecidos, ya que simplifica el proceso de declaración y permite pagar impuestos a tasas competitivas.


 

Nuevas Facilidades RESICO 2024

El SAT ha introducido diversos cambios para simplificar los trámites y ampliar el acceso al RESICO. A continuación, te explicamos las principales facilidades RESICO para 2024:

Exención de la Declaración Anual

Uno de los cambios más significativos es la exención de la declaración anual para los contribuyentes en RESICO. A partir de 2024, los pagos mensuales que realicen las personas físicas en términos del artículo 113-E, cuarto y quinto párrafos de la LISR, serán considerados definitivos. Esto significa que quienes tributen en el RESICO quedarán relevados de presentar la declaración anual por los ingresos generados bajo este régimen.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que opten por realizar sus actividades en copropiedad podrán elegir presentar la declaración anual. Además, los contribuyentes que se acojan a la facilidad de la regla 3.13.28 (que exime de presentar declaraciones mensuales a las personas físicas dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras) deberán presentar su declaración anual, asegurando un control adecuado de sus ingresos.

Inclusión de Socios de Cooperativas y Uniones de Crédito

El SAT ha expandido el acceso al RESICO permitiendo que los socios y accionistas de sociedades cooperativas de producción y uniones de crédito puedan tributar bajo este régimen. Esto se aplica específicamente a:

  • Socios de sociedades cooperativas de producción compuestas exclusivamente por personas físicas y dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, según el artículo 74, fracciones I y II de la LISR. Es necesario que estos socios cumplan sus obligaciones fiscales de forma individual.

  • Socios o accionistas de uniones de crédito dedicados exclusivamente a las actividades mencionadas, siempre que no perciban ingresos de dichas personas morales.

Para poder tributar bajo RESICO, estos contribuyentes deberán presentar un caso de aclaración en el portal del SAT, etiquetado como SOC_ACC_3.13.9, donde deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos de la regla. Esta medida asegura que solo quienes cumplen con los criterios especificados puedan beneficiarse de las facilidades del RESICO.



 

Oportunidad de Regreso al RESICO para Contribuyentes Excluidos

Para aquellos contribuyentes que en algún momento salieron del RESICO y desean regresar, el SAT ofrece una opción para reincorporarse al régimen. Las personas físicas pueden regresar al RESICO mediante los siguientes pasos:

  • Presentar un caso de aclaración en el SAT a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

  • Realizar un aviso de actualización de actividades en el portal del SAT a partir del 1 de enero de 2025.

Esta facilidad ofrece una segunda oportunidad para beneficiarse de las ventajas de este régimen a quienes hayan sido excluidos por alguna razón en el pasado.

Solicitud de Devoluciones de Saldos a Favor de ISR

Otra facilidad importante para los contribuyentes personas físicas del RESICO es la posibilidad de solicitar devoluciones de saldo a favor de ISR. A partir de diciembre de 2024, los contribuyentes podrán solicitar los saldos a favor determinados en sus pagos mensuales definitivos del ejercicio 2024 mediante el Formato Electrónico de Devoluciones en el portal del SAT.

Este beneficio permite a las personas físicas en RESICO recuperar cualquier saldo a favor generado, proporcionando mayor liquidez y estabilidad financiera. Es importante recordar que esta facilidad aplica exclusivamente a personas físicas y solo a los saldos a favor generados durante el ejercicio fiscal 2024.


 

Ventajas de Permanecer en el RESICO

Las facilidades y cambios introducidos en el Régimen Simplificado de Confianza en 2024 buscan promover la formalización y el cumplimiento simplificado de las obligaciones fiscales. Entre los beneficios de permanecer en el RESICO se destacan:

  • Menor carga administrativa: gracias a la exención de la declaración anual y a la posibilidad de realizar solo declaraciones mensuales.

  • Acceso a devoluciones de ISR: recuperación de saldos a favor de manera sencilla y oportuna.

  • Beneficios para sectores prioritarios: agricultores, ganaderos y otros sectores pueden tributar bajo condiciones favorables.

Estos cambios permiten que el RESICO siga siendo una opción competitiva y accesible para los pequeños contribuyentes en México, especialmente en sectores que suelen enfrentarse a desafíos administrativos.


 

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