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🚨 Artículo 59 CFF: El Cambio Fiscal 2026 que Pondrá en Riesgo tus Depósitos (Sí, también los de fintech)

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    Expertos en Nómina
  • hace 3 días
  • 4 Min. de lectura
 Artículo 59 CFF

Introducción


A partir del 1 de enero de 2026, entra en vigor una modificación pequeña en palabras… pero enorme en sus consecuencias fiscales.Se trata del Artículo 59 del Código Fiscal de la Federación, una norma que permite al SAT presumir ingresos con base en los depósitos no identificados del contribuyente.

Hasta aquí, nada nuevo.Pero la reforma 2026 agrega una palabra que cambia todo el juego:“cuenta o cuenta bancaria”.

Esa aparente minucia abre la puerta para que el SAT considere TODAS las cuentas, incluyendo fintech y plataformas digitales, como base para determinar ingresos presuntos.

Prepárate, porque esta reforma pone fin al mito de las “cuentas no fiscales”.

Índice

  1. ¿Qué es el Artículo 59 CFF y qué facultad le otorga al SAT?

  2. El cambio clave para 2026: “cuenta” vs. “cuenta bancaria”

  3. ¿Qué entiende la autoridad por “cuenta”?

  4. Fintech, inversiones y ahorro: ahora TODO entra en el radar

  5. Nuevo monto de presunción de ingresos 2026: $2,028,610

  6. Por qué esta reforma afecta directamente a contadores

  7. Riesgos reales: modelos de riesgo, big data y algoritmos del SAT

  8. Recomendaciones prácticas para 2026

  9. Conclusión

  10. Invitación a nuestros cursos ICOPYME

1. ¿Qué es el Artículo 59 CFF?


El Artículo 59 del Código Fiscal de la Federación permite a la autoridad fiscal determinar ingresos presuntos basados en los depósitos que recibe el contribuyente y que no están registrados en su contabilidad.

 Artículo 59 CFF

En otras palabras:

Si un depósito no está identificado en tu contabilidad, el SAT puede considerarlo ingreso sujeto a impuestos.

Esto aplica independientemente de si el depósito era préstamo, apoyo familiar, devolución o cualquier otra operación.Si no está documentado, se presume ingreso.

2. El cambio clave para 2026: “cuenta” vs “cuenta bancaria”

ANTES (2025), el artículo decía:

✔ “cuenta bancaria”

DESPUÉS (2026), dirá:

✔ “cuenta o cuenta bancaria”

Este ajuste amplía automáticamente el alcance de la facultad del SAT.


 Artículo 59 CFF

Ya no solo se revisan:

  • BBVA

  • Santander

  • Banorte

  • Citibanamex

  • Bancos tradicionales

A partir de 2026 se revisa TODO:

  • Mercado Pago

  • Clip

  • Klar

  • Nu

  • Ualá

  • Stori

  • Fintech de inversión

  • Cualquier plataforma que reciba depósitos

3. ¿Qué entiende la autoridad por “cuenta”?

Aunque no existe una definición precisa en ley, se entiende como:

Cualquier registro digital o financiero donde se puedan recibir depósitos o realizar transacciones.

Fintech, billeteras electrónicas, fondos de inversión, apps de ahorro… todo entra.

Si el sistema recibe dinero, es una “cuenta” para efectos del Artículo 59 CFF.


4. Fintech, inversiones y ahorro: ahora TODO entra en el radar


La reforma es clara:Las “cuentas no fiscales” ya no existen.

Aunque antes había interpretaciones jurídicas que defendían que plataformas como Mercado Pago o Nu no eran cuentas bancarias, esa discusión muere en 2026.

La autoridad podrá revisar:

✔ saldos

✔ depósitos

✔ movimientos

✔ periodicidad

✔ discrepancia vs contabilidad

✔ depósitos sin justificar

5. Nuevo monto de presunción de ingresos 2026: $2,028,610


Otro cambio importante:El monto actualizado para determinar presunción de ingresos se eleva a:$2,028,610 en el ejercicio.

Si tus depósitos no identificados superan ese monto acumulado anual, la autoridad puede:

  • Determinar ingresos omitidos

  • Calcular ISR presunto

  • Aplicar actualizaciones y recargos

  • Iniciar facultades de comprobación

El límite aplica por ejercicio fiscal, no por cuenta.

6. Por qué esto afecta directamente a contadores

Aquí viene lo delicado:

Un registro contable puede confirmar tu inocencia… o tu culpabilidad.

Los contadores somos responsables de:

  • Clasificar ingresos

  • Registrar préstamos

  • Documentar donativos

  • Identificar traspasos

  • Controlar cuentas fintech

  • Integrar soportes y conciliaciones

Si la contabilidad no coincide con los depósitos reales, el SAT presume ingreso.Así de simple.

7. Riesgos reales: modelos de riesgo y big data del SAT


 Artículo 59 CFF

Hoy la autoridad opera con:

  • algoritmos

  • cruces automáticos

  • inteligencia artificial

  • big data

  • plataformas de conciliación masiva

Esto implica que:

  • No siempre distingue quién está obligado a llevar contabilidad y quién no.

  • La “opción” de no llevar contabilidad en RMF NO detiene un proceso automatizado.

  • Las fintech ya entregan información al SAT.

  • Los sistemas detectan anomalías sin intervención humana.

Por eso, la idea de que “si uso Nu o Mercado Pago no pasa nada” es completamente falsa.

8. Recomendaciones prácticas para 2026


✔ Identifica todas tus “cuentas” (sí, también fintech).

✔ Evita cuentas mezcladas entre negocio y vida personal.

✔ Documenta préstamos y donativos.}

✔ Integra conciliaciones mensuales, no anuales.

✔ Clasifica correctamente depósitos en contabilidad

.✔ Capacítate tú y tu equipo en obligaciones 2026.

✔ Actualiza tus políticas internas de registro contable.

Es un cambio pequeño, pero con impacto enorme.

9. Conclusión


La reforma al Artículo 59 CFF exige una nueva forma de trabajar.Es el momento perfecto —y necesario— para elevar la calidad contable y fiscal.

Como decía la Dra. Carmen Karina Tapia Iturriaga:

"Un solo error en la valuación o en el registro puede cambiar por completo una decisión o un resultado."

La contabilidad ya no es solo un requisito:es una herramienta de defensa fiscal.


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Te invitamos a nuestro Curso de Contabilidad de Impuestos para Personas Físicas o nuestro Curso CFDI 4.0 + Complemento de Pagos, donde aprenderás:

  • Identificación correcta de depósitos

  • Conciliaciones contables

  • Requisitos fiscales de 2025–2026

  • Cómo evitar discrepancia fiscal

  • Casos reales con criterios de autoridad

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