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IDSE 2026: ¿No puedes ingresar con la e.firma del representante legal? Así funciona el nuevo acceso del IMSS

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Expertos en Nómina
hace 5 días
4 min de lectura

Desde el 14 de octubre de 2026, los patrones deben utilizar la e.firma del SAT para realizar sus trámites electrónicos ante el IMSS. Además, el sistema IDSE ya permite que los representantes legales ingresen con su propia firma electrónica para administrar los registros patronales de las empresas que representan.


IDSE e.firma representante legal
Este cambio modifica la manera de acceder a los servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), especialmente para contadores, responsables de nómina y representantes legales que realizan altas, bajas y modificaciones de salario de los trabajadores.

Sin embargo, para utilizar esta función es necesario que el representante legal esté previamente vinculado con el patrón y complete el procedimiento de habilitación en IDSE.


Índice

1. ¿Qué cambió en IDSE durante octubre de 2026?

2. ¿Cómo ingresar con la e.firma del representante legal?

3. ¿Cómo firmar la carta de términos y condiciones?

4. ¿Qué trámites se pueden realizar?

5. ¿Cuál es el fundamento legal?

6. Conclusión

¿Qué cambió en IDSE durante octubre de 2026?

El IMSS concluyó el periodo de transición para sustituir el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital por la e.firma emitida por el SAT.


Este cambio deriva del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2026, que otorgó 90 días naturales para realizar la migración.


A partir del 14 de octubre, la e.firma se utiliza como mecanismo de autenticación para los trámites electrónicos patronales. Asimismo, el IDSE fue actualizado para permitir el acceso de los representantes legales previamente vinculados.


IDSE e.firma representante legal

¿Cómo ingresar a IDSE con la e.firma del representante legal?


Para realizar el procedimiento, primero debe existir una vinculación entre el representante legal y la empresa a través del Escritorio Virtual del IMSS, utilizando la e.firma de ambas partes.


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Una vez realizada esta vinculación, se puede ingresar al portal oficial de IDSE y capturar los siguientes datos:

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Aquí hay un detalle que puede generar confusión: aunque los archivos de la e.firma pertenecen al representante legal, en el campo Usuario debe capturarse el RFC del patrón al que representa.


Por ejemplo, si un contador es representante legal de una empresa, utilizará sus propios archivos .cer y .key, pero ingresará el RFC de dicha empresa para consultar sus registros patronales.


¿Cómo firmar la carta de términos y condiciones de IDSE?


Durante el primer acceso, el sistema puede solicitar que se descargue y firme electrónicamente una carta de términos y condiciones de uso.


El procedimiento es el siguiente:

1. Ingresa a IDSE con los datos correspondientes.

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2. Descarga la carta de términos y condiciones en PDF.

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3. Revisa el documento y guárdalo sin modificarlo.

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4. Adjunta el PDF en la sección de firma digital.

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5. Selecciona nuevamente los archivos .cer y .key del representante legal e introduce su contraseña.

6. Firma electrónicamente el documento y concluye la habilitación.


Una vez aceptada la carta, el representante podrá acceder a los servicios patronales habilitados. Generalmente, no tendrá que repetir la firma del documento en cada sesión, siempre que el sistema reconozca su vinculación vigente.


¿Qué trámites se pueden realizar con la e.firma en IDSE?

Después de ingresar correctamente, el representante legal podrá utilizar los servicios disponibles para el patrón vinculado.


Entre ellos se encuentran los movimientos afiliatorios, como altas, bajas, reingresos y modificaciones salariales. Además, podrá consultar las emisiones mensuales anticipadas (EMA) y bimestrales anticipadas (EBA), así como acceder a otros servicios patronales que estén habilitados.


En la práctica, esto permite que un representante legal autorizado gestione las obligaciones de seguridad social de distintas empresas mediante su propia e.firma, seleccionando el RFC patronal correspondiente en cada acceso.

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¿Cuál es el fundamento legal?

El cambio se encuentra establecido en el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, publicado en el DOF el 16 de julio de 2026.


Sus disposiciones principales establecen lo siguiente:

  • Primero: aprueba el uso exclusivo de la e.firma emitida por el SAT para los actos electrónicos patronales ante el IMSS.

  • Segundo: dispone que la vinculación de representantes legales se realice exclusivamente mediante el Escritorio Virtual, utilizando la e.firma del representante y de la persona representada.

  • Tercero y Cuarto: dejan sin efectos los acuerdos anteriores señalados y eliminan el uso del NPIE y su certificado digital.

  • Quinto: establece el periodo de transición de 90 días naturales.


El acuerdo también se fundamenta, entre otras disposiciones, en el artículo 15 de la Ley del Seguro Social y el artículo 7 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada.



Conclusión

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Con la actualización de IDSE en octubre de 2026, los representantes legales ya pueden ingresar utilizando su propia e.firma, siempre que estén debidamente vinculados con el patrón.


Por lo tanto, las empresas deben verificar que la vinculación y la habilitación estén completas para continuar presentando sus movimientos afiliatorios y consultando información patronal sin contratiempos.


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